Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 163945
Época: Novena Época
Materia(s): Administrativa
Tesis: XX.2o.59 A
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 22/01/2025 00:00
REQUERIMIENTO DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES OMITIDAS. CONSTITUYE UNA RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL, PORQUE CONSTRIÑE AL CONTRIBUYENTE A PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA Y LO PREVIENE PARA EL PAGO DE LOS HONORARIOS GENERADOS.

El requerimiento formulado por la autoridad hacendaria a un contribuyente para el cumplimiento de obligaciones fiscales omitidas donde además se le previene del pago de los honorarios que por esa actuación se generen, es una resolución definitiva para efectos de la procedencia del juicio contencioso administrativo federal, conforme al artículo 14, fracción I, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, porque al ser emitido en forma autónoma al procedimiento de comprobación fiscal (en sentido amplio), genera agravios a la esfera jurídica del particular, ya que le impone una obligación desde el momento en que lo constriñe a proporcionar la documentación omitida y, en su caso, al pago de los indicados honorarios.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.

Amparo directo 53/2010. **********. 6 de mayo de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Arteaga Álvarez. Secretaria: Marylin Ramírez Avendaño.


Nota: Por ejecutoria del 22 de enero de 2025, el Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México declaró inexistente la contradicción de criterios 113/2024, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, en virtud de que "para afirmar que entre los criterios sostenidos por los órganos jurisdiccionales contendientes existe verdaderamente un punto de toque, esto es, un razonamiento en el que la interpretación ejercida gira en torno a un mismo tipo de problema jurídico, ambos tribunales deberían haber analizado requerimientos similares, esto es, ambos requerimientos de obligaciones omitidas de orden local o los dos de orden federal, emitidos por autoridades y con base en fundamentos legales también de un solo orden competencial (nacional o estatal) y, que sobre dicho acto, uno de tales tribunales determinara que sí se trata de una resolución definitiva impugnable a través del juicio administrativo y que el otro órgano jurisdiccional resolviera lo contrario."