Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 10/12/1938
Tesis
Registro digital: 3257
Clave: I-TS-3155
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS : Decreto de 1º de enero de 1937, publicado en el "Diario Oficial" de 22 del mismo mes y año. Artículos 3º y 4º del Código Civil para el Distrito y Territorios Federal y 1º transitorio del decreto citado.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 10/12/1938 00:00
PUBLICACIÓN DE UNA LEY
Es principio fundamental de derecho que para que una ley sea obligatoria, debe ser previamente conocida, y este principio informa lo dispuesto en los artículos 3º y 4º del Código Civil, aplicable en toda la República en materia federal, que señalan las reglas que deben seguirse para determinar la obligatoriedad de una ley en razón de esa circunstancia; en consecuencia, si en una disposición de carácter general se establece que deberá entrar en vigor a partir de la fecha de su publicación en el "Diario Oficial", debe tenerse en cuenta lo dispuesto en la segunda parte del artículo 3°, ya que el término de tres días a que alude la primera parte, debe estimarse modificada, acatándose tan sólo el plazo respectivo por razón de la distancia y que establece cuando se reputan publicadas las leyes en los lugares distintos a aquel en que se editó el Periódico Oficial. Expediente Número 24492/938. Tomás C. Calderón contra Oficina Federal de Hacienda en Campeche, y Secretaría de Hacienda y Crédito Público. México, D.F., diciembre 10 de 1938. Resolución definitiva de la Segunda Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año II. No. s/n. Agosto - Diciembre 1938. p. 3151