Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 3715
Clave: I-TS-3571
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1940 00:00
Determina de acuerdo con el artículo 22 de la ley de la materia, que se presuma que hubo venta de primera mano de los mismos, y en consecuencia obliga a expedir la factura respectiva de conformidad con lo establecido en los artículos 32 fracción III y 42 fracciones III y IV del propio ordenamiento, por lo que el causante para sustraerse a dicha presunción estará obligado a probar que el faltante no se originó por venta del producto o que al efectuarse la venta se amparó con la factura oficial correspondiente.
5054/939.- Del Río Peña y Cía. vs. Departamento del Impuesto sobre Bebidas Alcohólicas.- Marzo 20/940.
R.T.F.F. Primera Época. Año IV. No. s/n. Enero - Diciembre 1940. p. 33