Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 3722
Clave: I-TS-3578
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1940 00:00
DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE ALCOHOLES, AGUARDIENTES Y MIELES INCRISTALIZABLES.- Su violación no puede estimarse como grave a la luz de lo ordenado en la fracción V del artículo 212 del Código Fiscal de la Federación, ya que la objetividad de esta misma da un margen bastante amplio para la precisión de este pensamiento, y como no puede traer como consecuencia la evasión del impuesto por sí misma, procede tan sólo efectuar el simple apercibimiento a que se refiere dicho precepto.
334/940.- Cía. Azucarera del Pacífico, S. de R.L. vs. Departamento del Impuesto sobre Bebidas Alcohólicas de la Secretaría de Hacienda, Oficina Federal de Hacienda en Tepic y Agencia Federal de Hacienda en Tecuala, ambas del mismo Estado de Nayarit.- Junio 20/940.
R.T.F.F. Primera Época. Año IV. No. s/n. Enero - Diciembre 1940. p. 35