Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 3748
Clave: I-TS-3604
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1940 00:00
CAUSANTE DE UN IMPUESTO
La circunstancia de que una persona haya tenido ese carácter en una época, no significa que ha de conservarlo indefinidamente y que esté obligada en forma vitalicia a cumplir con los deberes que las leyes imponen a tales causantes, porque la autoridad fiscal deberá demostrar, en el caso que niegue que tiene esa consideración, que sí continuó posteriormente realizando las actividades gravadas por la ley. 1234/940.- J. Ovidio Ruiz vs. Departamento del Impuesto sobre Bebidas Alcohólicas.- Julio 22/940.
R.T.F.F. Primera Época. Año IV. No. s/n. Enero - Diciembre 1940. p. 45