Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 3765
Clave: I-TS-3621
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1940 00:00
DEVOLUCIÓN DE CANTIDADES PAGADAS POR CONCEPTO DE IMPUESTO
Prescripción de la acción de devolución. El sistema que debe aplicarse para resolver la prescripción de la acción que se considera, es el establecido en el Código Fiscal de la Federación, atentas las siguientes consideraciones: a). Al no haberse cumplido los requisitos establecidos por la Ley Fiscal anterior, no existió ningún derecho adquirido antes de que se modificara por el nuevo sistema establecido en el Código Fiscal, y b). El Código Fiscal derogó expresamente en su artículo 2° transitorio, las disposiciones fiscales en cuanto se opusieron a lo establecido en dicho Reglamento y, por consecuencia, sus disposiciones deben prevalecer para juzgar de las prescripciones no cumplidas en la fecha de su vigencia. 1117/940.- San Ildefonso, Fábrica de Tejidos de Lana, S.A., vs. Dirección General de Aduanas.- Agosto 27/940.
R.T.F.F. Primera Época. Año IV. No. s/n. Enero - Diciembre 1940. p. 49