Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 3786
Clave: I-TS-3642
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1940 00:00
EXPENDIOS DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS
VIGENCIA.- El aumento de la cuota que puede ordenar la Secretaría de Hacienda resulta del ejercicio de una facultad que puede o no poner en práctica, circunstancia que viene a indicar que no se trata de una revisión de oficio, por lo que ese aumento sólo puede comenzar a regir desde la fecha en que se dicte por la Secretaría de Hacienda, pues de otra manera a una resolución administrativa se le darían efectos retroactivos. Este criterio ha sido sustentado por la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el toca Núm. 8/938. 2846/940.- María Paz Montes Osorio vs. Departamento de Bebidas Alcohólicas.- Noviembre 19/940.
R.T.F.F. Primera Época. Año IV. No. s/n. Enero - Diciembre 1940. p. 56