Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 3851
Clave: I-TS-3708
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1940 00:00
El Código Fiscal de la Federación distingue al respecto dos situaciones, según se trate de sancionar la falta de pago de una prestación fiscal como consecuencia de omisiones, inexactitudes, simulaciones o falsificaciones o cualquier otra maniobra encaminada a eludir dicho pago, del caso en que no se efectúa por circunstancias distintas, como puede serlo una solicitud de compensación de impuestos, este último previsto en la fracción XIV del artículo 228 del ordenamiento citado; la diferencia estriba en que en un caso considera la intención de eludir el pago y en la otra el que no se verifique por causa diversa.
4353/939.- Cía. de los Ferrocarriles Nacionales de México vs. Departamento de Impuestos Especiales y Oficina Federal de Hacienda Número Uno.- Marzo 29/940.
R.T.F.F. Primera Época. Año IV. No. s/n. Enero - Diciembre 1940. p. 77