Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 3920
Clave: I-TS-3777
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1940 00:00
Artículo 93 del Reglamento de la Ley del Impuesto. No obstante la facultad de revisión que establece, que tiene precisamente por objeto corregir los errores en que los causantes o la Oficina Federal de Hacienda incurran por malas interpretaciones, si bien, sin fijar sanción alguna si no consta que hubiera habido descuido manifiesto, dolo o mala fe, la circunstancia de que una Oficina Federal de Hacienda, encargada de velar por el cumplimiento a la Ley del Impuesto sobre la Renta, haga la declaración categórica de que no se causa tal impuesto, es bastante para justificar al causante de las omisiones en que hubiere incurrido, siendo en todo caso responsable dicha Oficina de las mismas.
4730/939.- Guadalupe Martínez vs. Secretaría de Hacienda y Departamento del Impuesto sobre la Renta.- Abril 25/940.
R.T.F.F. Primera Época. Año IV. No. s/n. Enero - Diciembre 1940. p. 100