Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 810766
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 04/07/1924 00:00
JURISDICCION.

El Juez en ninguna forma puede prorrogarse una jurisdicción que no tiene.

Amparo civil en revisión. C. de Rosas Vicenta y coagraviados. 4 de julio de 1924. Mayoría de siete votos. Disidentes: Ernesto Garza Pérez, Francisco M. Ramírez y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.