Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 5583
Clave: I-J-182
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1937 00:00
PAGOS HECHOS POR UN TERCERO AL FISCO FEDERAL
Disposiciones Consideradas.- Artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (anterior a la vigente) reformado por Decreto de 30 de agosto de 1937, por lo que hace a su aplicación e interpretación. Son perfectamente válidos los pagos hechos por un tercero al Fisco Federal en el caso que aquí se trata; en consecuencia, es improcedente la devolución de los mismos. Quien remitió mercancías del extranjero fué O.Y. Waldhof a Casanova Hnos., teniendo éstos el derecho de reclamar contra aquéllos por haber realizado su vez el pago correspondiente fiscal. Contradicción entre los expedientes números 923/940 y 4005/941, haciéndose extensiva a los expedientes números 2449/941, 586/940 y 1247/940, resuelta en el Pleno celebrado el 31 de octubre de 1942.NOTA: ESTA TESIS SE HA PUBLICADO EN COMPILACIONES ANTERIORES CON LA CLAVE I-J-83 (Compilación)
R.T.F.F. Primera Época. Tesis sustentadas por el Pleno del Tribunal durante los años