Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 810869
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 29/08/1924 00:00
IMPUESTOS, PERCEPCION DE LOS.

El Estado tiene interés en el puntual cumplimiento de las leyes hacendarias, y, por lo tanto, es improcedente conceder la suspensión que tienda a estorbar el cumplimiento de esas leyes, que se encaminen a garantizar la percepción de los impuestos.

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1307/23. Rojas Vértiz Salvador. 29 de agosto de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Quinta Epoca:


Tomo XV, página 1473. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 2641/22. Isita y Rubio Manuel. 29 de agosto de 1924. Unanimidad de diez votos. Ausente: Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.