Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 810884
Época: Quinta Época
Materia(s): Civil
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 19/02/1924 00:00
SERVIDUMBRE DE LUZ.

Los derechos a la servidumbre de luz, no deben ser dilucidados en un interdicto.

Amparo civil directo. Slim Julián. 19 de febrero de 1924. Mayoría de nueve votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.