Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 1 de 2
Mostrando solo tesis del 01/01/1865
Tesis
Registro digital: 6324
Clave: I-TS-5751
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1865 00:00
ALCOHOLES
ALCOHOLES, AGUARDIENTES Y MIELES INCRISTALIZABLES.- El propio artículo establece que para los efectos de la Ley y este Reglamento, solamente se consideran causas de fuerza mayor, lo que compruebe el causante no haber podido evitar ni remediar. Ahora bien, la empresa actora no probó en autos que los tanques de almacenamiento en donde se dice que se fugaron los 143,521 Kgs. de mieles incristalizables estuviesen en buenas condiciones antes de ser llenados, por lo que, no se realiza en la especie el extremo apuntado por el precepto legal de referencia, en el sentido de estar incapacitada la empresa actora para poder remediar el daño actual o evitar el daño posterior. En tal virtud, la Sala procedió a declarar la validez de las resoluciones impugnadas en este juicio. Expediente número 1865/951.- INGENIO "SAN MARCOS", S.A., contra Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Procuraduría Fiscal, Dirección de impuestos Interiores, Junta Técnica Calificadora de Alcoholes, Oficina Federal de Hacienda en Sayula, Jal., y Subalterna Federal de Hacienda en Tonila, Jal.- 14 de mayo de 1954.
R.T.F.F. Primera Época. Año XVIII. No. 205 - 216. Enero-Diciembre. 1954. p. 60.