Suprema Corte de Justicia de la Nación
Resultado 5 de 5
Mostrando solo tesis del 09/04/1924
Tesis
Registro digital: 810909
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 09/04/1924 00:00
AMPARO.

Sólo procede contra las sentencias definitivas respecto de las que no quepa ningún recurso ordinario, por virtud del cual puedan ser modificadas o reformadas, siempre que la violación de la ley se cometa en ellas, o que, cometida durante la secuela del procedimiento, se haya reclamado oportunamente y protestado contra ella, por negarse su reparación; y que cuando se ha cometido en primera instancia, se haya alegado en la segunda, por vía de agravio.

Amparo penal directo. Sobrino Dativo. 9 de abril de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.