Los bancos de la clase A, conforme a la clasificación establecida por la Ley de 31 de Enero de 1921, están obligados a recibir sus propios billetes, en toda clase de créditos a su favor, inclusive el pago de intereses, a la par, y sin reducción alguna.
Amparo civil directo. Banco Nacional de México, Sucursal en Oaxaca. 24 de septiembre de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.