Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 810935
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 30/09/1924 00:00
FALLOS JUDICIALES.

No es bastante para desvirtuarlos, el que la autoridad que los pronuncie, haya fallado en diverso sentido en otro caso similar. Para juzgar de su legalidad, sólo debe atenderse a los fundamentos de derecho en que descansen, y no a las resoluciones dictadas en otros casos, pues los Jueces pueden cambiar de opinión jurídica.

Amparo civil en revisión. Francos Llama Manuel. 30 de septiembre de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.