Siendo el efecto jurídico de toda sentencia que concede la protección federal, nulificar el acto reclamado y los subsecuentes que de él se deriven, debe aplicarse el artículo 55 de la ley orgánica que, sin excepción de ninguna especie, establece a favor del tercero perjudicado, el derecho de otorgar contrafianza.
Queja en amparo civil 176/24. Pérez Macario. 8 de octubre de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.