Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 12558
Clave: II-TASS-1887
脡poca: Segunda 脡poca
Materia(s): FIANZAS
Tipo: Aislada
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicaci贸n: 01/01/1887 00:00
GARANTIZAR IMPORTACION DE MERCANCIAS AL AMPARO DE LA REGLA XIV.- Una de las caracter铆sticas espec铆ficas en las importaciones efectuadas al amparo de la Regla XIV de las Complementarias para la aplicaci贸n de la Tarifa General de Importaci贸n, consiste en que la autoridad, una vez internada e instalada la mercanc铆a, est谩 en aptitud de practicar visitas de inspecci贸n y comprobaci贸n de la instalaci贸n de las mercanc铆as y, en su caso, determinar los impuestos correspondientes, por lo que si las mercanc铆as importadas al amparo de la citada Regla XIV se garantizaron con p贸liza de fianza, la prescripci贸n de las acciones que se derivan de la misma, en los t茅rminos del art铆culo 120 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, debe empezar a computarse a partir de la fecha en que la autoridad estuvo en aptitud de practicar las visitas de inspecci贸n y comprobaci贸n, independientemente de las dificultades de orden pr谩ctico que tenga la autoridad para llevarla a cabo, por lo que si el requerimiento de pago se efectu贸 con posterioridad a los dos a帽os contados a partir de la fecha en que la autoridad pudo practicar la visita, el mismo resulta infundado por haber prescrito las acciones derivadas de la fianza.(315)
Revisi贸n No. 692/76.- Resuelta en sesi贸n de 23 de septiembre de 1980, por unanimidad de 7 votos.- Magistrado Ponente: Edmundo Plascencia Guti茅rrez.- Secretario: Lic. Rafael Ibarra Gil.
PRECEDENTES:
Revisi贸n No. 589/77.- Resuelta en sesi贸n de 6 de abril de 1979, por unanimidad de 9 votos.- Magistrado Ponente: Francisco Xavier C谩rdenas Dur谩n.- Secretario: Lic. Felipe A. Corona L.
Revisi贸n No. 342/76.- Resuelta en sesi贸n de 23 de marzo de 1979, por mayor铆a de 6 votos y 1 m谩s con los resolutivos.- Magistrado Ponente: Francisco Ponce G贸mez.- Secretario: Lic. Sergio Mart铆nez Rosaslanda
R.T.F.F. Segunda Epoca. A帽o II. 13 a 15 Julio - Diciembre. Tomo II. 1980. p 794