Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 24693
Clave: III-JSS-A-12
Época: Tercera Época
Materia(s): PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO (ACTOS DE INVESTIGACION) Jurisprudencia modificada por Acuerdo G/402/92 publicado en la R.T.F.F. Tercera Época. Año V. No. 58. Octubre 1992. p. 9
Tipo: Jurisprudencia
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1992 00:00
AGOTARLOS EN FORMA PREVIA AL JUICIO DE NULIDAD.- De los artículos 202 fracción IV del Código Fiscal Federal y primero y último párrafos del artículo 23 de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, se desprende que para acudir a juicio de nulidad se debieron de haber agotado en forma previa los medios de defensa establecidos por las Leyes respectivas. Por otra parte, por razón de la superior jerarquía de las Leyes frente a los Reglamentos corresponde a aquéllas establecer los medios de defensa que deben de agotar los particulares cuando estimen afectados sus intereses por un acto de autoridad. En tal virtud el recurso señalado en el artículo 266 del Reglamento General de Seguridad e Higiene en el Trabajo no es obligatorio para el particular por tener su origen en un Reglamento emitido por el titular del Ejecutivo Federal, ya que en el caso la Ley Federal del Trabajo que emana del Congreso de la Unión no prevé ese medio de defensa.
Contradicción de Sentencias No. 4/90 y de precedentes dictados en los juicios de nulidad 1376/89, con número de precedente SR-VI-22, y 9724/87, con número de precedente SR-IV-3.
Resuelta en sesión de 17 de agosto de 1990.
R.T.F.F. Tercera Época. Año V. No.