Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 25199
Clave: III-JSS-A-21
Época: Tercera Época
Tipo: Aislada
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1992 00:00
SANCIONES POR VIOLACIONES A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO
AUTORIDADES DEL TRABAJO NO ESTAN OBLIGADAS A CONSIDERAR LAS FRACCIONES IV Y V DEL ARTICULO 15 DEL REGLAMENTO QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACION DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS POR VIOLACIONES A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO CUANDO PARA SANCIONAR LA CONDUCTA ILICITA APLICAN EL MONTO MINIMO PREVISTO POR LA LEY.- El artículo 15 invocado contiene los elementos que las autoridades administrativas del trabajo deben tomar en cuenta para la cuantificación de las sanciones, como son: las razones objetivas y las subjetivas del infractor por las que se aplica al caso concreto el monto de la sanción. Sin embargo, las autoridades no están obligadas a considerar entre estos elementos los contenidos en las fracciones IV y V del citado precepto, cuando para castigar la conducta ilícita aplican el monto mínimo legal, pues es inconcuso que no podrían aplicar una sanción inferior a ese monto y no tendría relevancia jurídica ninguna otra consideración que hicieran para justificar dicha cuantificación mínima, ya que independientemente de que debe fundarse y motivarse la resolución sancionadora, determinando la conducta infractora de acuerdo a la norma violada, debe admitirse que fue el legislador quien estableció una sanción pecuniaria mínima para castigar el ilícito cometido, de modo que las autoridades en esta hipótesis únicamente someten el ejercicio de su potestad sancionadora a la aplicación y ejecución de la disposición legislativa, por lo cual no tienen obligación de razonar sus propias apreciaciones al cuantificar la multa que impongan por el monto mínimo legal. Contradicción de Sentencias No. 18/90/1184/90/6174/90.- Resuelta en sesión de 23 de enero de 1992, por unanimidad de 6 votos.- Magistrada Ponente: María Guadalupe Aguirre Soria.- Secretario: Lic. Avelino C. Toscano Toscano.
R.T.F.F. Tercera Epoca. Año V. No. 49. Enero 1992. p. 7