Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 5 de 23
Mostrando solo tesis del 01/01/1992
Tesis
Registro digital: 25200
Clave: III-PSS-116
Época: Tercera Época
Materia(s): PROCESAL (SENTENCIAS EN EL JUICIO)
Tipo: Aislada
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1992 00:00
ALLANAMIENTO EN LA CONTESTACION
JUICIO CUANDO SE FORMULA PARCIALMENTE RESPECTO DE UN VICIO DE PROCEDIMIENTO O DE FORMA.- El artículo 215 del Código Fiscal de la Federación establece que la autoridad al contestar la demanda podrá allanarse a las pretensiones del demandante; asimismo el artículo 345 del Código Federal de Procedimientos Civiles señala que cuando la demanda fuere "confesada expresamente en todas sus partes" y el actor esté conforme con la contestación, sin más trámite se pronunciará sentencia, por ello cuando las autoridades se allanan parcialmente a alguna de las pretensiones de la actora que se refiere a un vicio de procedimiento o de forma, no procede el sobreseimiento del juicio, ya que por la naturaleza del vicio admitido por las autoridades, se deben examinar y resolver los demás conceptos de nulidad en donde se hubieren planteado irregularidades o violaciones análogas, para cumplir con lo dispuesto en el artículo 237 del Código Fiscal de la Federación.(l) Juicio de Competencia Atrayente No. 104/90.- Resuelto en sesión de 14 de noviembre de 1991, por mayoría de 5 votos y 2 en contra.- Magistrada Ponente: Silvia Eugenia Díaz Vega.- Secretaria: Lic. Irma Flores Martínez.
R.T.F.F. Tercera Epoca. Año V. No. 49. Enero 1992. p. 11