Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 01/02/1992
Tesis
Registro digital: 25222
Clave: III-TASS-2211
Época: Tercera Época
Materia(s): PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO (NOTIFICACIONES)
Tipo: Aislada
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/1992 00:00
NOTIFICACION
CUMPLIMIENTO OBEDECEN A LA IMPORTANCIA DE LAS CONSECUENCIAS QUE PRODUCEN.- El exacto cumplimiento de los requisitos legales de las notificaciones no pueden interpretarse como un simple formalismo para dificultar la actuación de la autoridad, sino como un procedimiento de cuya realización depende que se llegue a la convicción de que un particular tuvo conocimiento fehaciente de una resolución que lo afectaba y que si dentro del término legal no utilizó la vía de defensa procedente, la consintió. No darle importancia al acto de notificación y a los requisitos que deben cumplirse es propiciar la indefensión de los particulares, lo cual es completamente contrario al texto del artículo 16 constitucional.(3) Revisión No. 2537/87.- Resuelta en sesión de 6 de febrero de 1992, por mayoría de 7 votos y 1 en contra .- Magistrado Ponente: Alfonso Nava Negrete.- Secretaria: Lic. Esperanza M. Pérez Díaz. PRECEDENTES: Revisión No. 1325/81.- Resuelta en sesión de 23 de junio de 1982, por mayoría de 5 votos y 1 en el sentido de que los agravios son inoperantes.- Magistrado Ponente: Mariano Azuela Güitrón.- Secretaria: Lic. Graciela Carranza Vázquez. Revisión No. 292/84.- Resuelta en sesión de 24 de octubre de 1984, por mayoría de 4 votos y 3 en contra.- Magistrada Ponente: Silvia Eugenia Díaz Vega Secretaria: Lic. Ma. Teresa Islas Acosta. Revisión No. 2015/82.- Resuelta en sesión de 6 de noviembre de 1985, por mayoría de 8 votos y uno más con los resolutivos.- Magistrado Ponente: Alfonso Cortina Gutiérrez.- Secretario: Lic. Jorge A. Castañeda González.
R.T.F.F. Tercera Epoca. Año V. No. 50. Febrero 1992. p. 16