Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 26898
Clave: III-TASR-XVIII-681
Época: Tercera Época
Materia(s): ADUANAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1992 00:00
ADHERIDO A TALES VEHÍCULOS ACREDITA SU LEGAL ESTANCIA EN EL PAÍS.- En términos del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de enero de 1992 en el que se establecen las bases y requisitos para la regularización de vehículos automotores internados al país hasta el día 30 de noviembre de 1991, el holograma que las autoridades fiscales adhieren al vehículo respectivo constituye prueba de que se desahogó satisfactoriamente el trámite correspondiente, porque sólo se otorga a quienes cumplieron con todos y cada uno de los requisitos exigidos al efecto, por ende debe tenerse como legalizado el vehículo que ostente el holograma respectivo, con independencia total de si el mismo se encuentra inscrito o no en el Padrón de Vehículos Regularizados, ya que ello no es imputable al particular sino a las autoridades fiscales. (9)
Juicio No. 6237/96.- Sentencia de 11 de junio de 1997, aprobada por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: Nora Elizabeth Urby Genel. Secretario: Lic. Andrés E. Sánchez Dardo y Albuerne.
R.T.T.F. Tercera Epoca Año XI No. 127 Julio 1998 p 260 SALA REGIONAL DEL NOROESTE