Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 28813
Clave: V-P-2aS-177
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY ADUANERA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2003 00:00
MERCANCÍA DE PROCEDENCIA EXTRANJERA
RELATIVOS AL ACREDITAMIENTO DE SU TENENCIA LEGAL EN TERRITORIO NACIONAL EN LAS FACTURAS EXHIBIDAS POR EL CONTRIBUYENTE.- De una interpretación armónica de lo dispuesto por los artículos 117 de la Ley Aduanera vigente en 1985, y 5° de su Reglamento se desprende que la tenencia de mercancías de procedencia extranjera se podrá amparar con factura expedida por empresario establecido, misma que deberá llenar los requisitos que señala el Reglamento, que entre otros son: domicilio del comprador; fecha de expedición; descripción de la mercancía, consignando los datos de identificación; precios unitarios y total de la mercancía; y número y fecha del documento aduanero relativo a la importación y aduana por la que se tramitó, cuando la factura ampare la venta de primera mano de mercancías de importación; requisitos que de no cumplirse llevan a este Órgano Jurisdiccional a no otorgarles valor probatorio a dichas facturas, para acreditar la legal estancia y tenencia de la mencionada mercancía. (15) Juicio No. 3358/99-07-01-8/548/99-S2-09-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 26. Febrero 2003. p. 167