Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 28819
Clave: V-TASR-I-316
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2003 00:00
CADUCIDAD DE LA INSTANCIA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 60 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, RESULTA APLICABLE A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INICIADOS DE OFICIO EN TÉRMINOS DE LA LEY GENERAL DE SALUD
DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, RESULTA APLICABLE A LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INICIADOS DE OFICIO EN TÉRMINOS DE LA LEY GENERAL DE SALUD.- El artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece la aplicación de la misma a todos los actos, procedimientos y resoluciones de la Administración Pública Federal Centralizada, dentro de la cual se encuentra la Secretaría de Salud, previendo a la vez en su artículo 2 la supletoriedad de ésta a las diversas leyes administrativas; por lo que la caducidad prevista por el artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, le es aplicable a los procedimientos contemplados en las diversas leyes administrativas; incluidas en éstas la Ley General de Salud. (1) Juicio No. 13614/01-17-01-2.- Resuelto por la Primera Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 25 de marzo de 2002, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: Beatriz Alicia Zentella Mayer.- Secretaria: Lic. Elva Marcela Vivar Rodríguez.
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 26. Febrero 2003. p. 193