Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 28854
Clave: V-TASR-XXXIII-351
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2003 00:00
Para que las autoridades en materia ambiental, en ejercicio de sus facultades de verificación e inspección, y con base en los hechos consignados en las actas que al efecto se levanten puedan determinar la peligrosidad de los residuos que genere una industria en el proceso productivo, que se consideren contaminantes para el medio ambiente, es necesario que la calificación se sustente en estudios técnicos, que permitan tener la certeza de su peligrosidad, en términos de las disposiciones de la Ley de la materia, sus Reglamentos y de las normas oficiales mexicanas; a fin de resolver sobre la infracción al artículo 150 de la Ley de la materia. (36)
Juicio No. 905/01-11-03-8.- Resuelto por la Tercera Sala Regional Hidalgo México del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 7 de mayo de 2002, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: Rosa María Corripio Moreno.- Secretaria: Lic. Juana Leticia López Galindo.
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 26. Febrero 2003. p. 459