Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 79882 de 329711
Tesis
Registro digital: 28869
Clave: V-P-2aS-189
Época: Quinta Época
Materia(s): CONSULTAS
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2003 00:00
RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS FAVORABLES. SÓLO BENEFICIAN AL PARTICULAR QUE LAS GESTIONÓ
PARTICULAR QUE LAS GESTIONÓ.- En el caso de la emisión de una resolución por parte de la autoridad hacendaria, en contestación a una consulta planteada por un particular, se debe tener en cuenta el ejercicio fiscal al cual se refiere dicha consulta, siendo inaplicable respecto a otro ejercicio fiscal, por lo que si una consulta de referencia versa respecto a si los documentos denominados "membresías" son títulos de crédito en los términos del artículo 5° de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, para el efecto de que su enajenación no cause el impuesto al valor agregado, y se refirió únicamente al año de 1994, entonces resulta que la situación real y concreta se refiere exclusivamente al año fiscal de 1994, por lo que no puede ser aplicado a una situación acontecida en el año fiscal de 1995, conforme a lo señalado en el artículo 34 del Código Fiscal de la Federación. (13) Juicio No. 15097/00-11-06-4/149/02-S2-08-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 27. Marzo 2003. p. 55