Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 28886
Clave: V-TASR-VII-358
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2003 00:00
PARTE RELATIVA DE LA RESOLUCIÓN EN LA QUE SE PRECISA SU EMISIÓN EN SUPLENCIA DEL TITULAR DE LA DEPENDENCIA.- Quien suscribe una resolución administrativa actuando en suplencia del titular de la dependencia competente para emitirla, no está obligado a fundar, en la parte relativa que precisa los fundamentos y motivos que justifican la suplencia, la competencia material y territorial para emitirla, pues ello constituye un requisito previo de legalidad que en términos del artículo 38, fracción III del Código Fiscal de la Federación, debe contener invariablemente todo acto de autoridad, independientemente de que sea emitido por el titular de la dependencia o por un funcionario de inferior jerarquía actuando en suplencia de éste; luego entonces, si del contenido de una resolución administrativa se advierte que la autoridad facultada para emitirla, funda y motiva debidamente su competencia, tanto material como territorial, es innecesario que esa fundamentación y motivación se contenga también en la parte correspondiente de la misma, en la que se hace alusión a su emisión por suplencia del funcionario que debió emitirla. (4)
Juicio No. 1493/01-02-01-4.- Resuelto por la Sala Regional del Noroeste II del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 27. Marzo 2003. p. 236