Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 28922
Clave: V-P-SS-205
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY DEL SEGURO SOCIAL
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/04/2003 00:00
PARA CONOCER DE JUICIOS EN QUE SE IMPUGNE LA NEGATIVA A RECONOCER EL IMPORTE TOTAL DEL REEMBOLSO HECHO POR LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD A SUS TRABAJADORES, POR SERVICIOS MÉDICOS PARTICULARES, CONFORME AL CONVENIO DE SUBROGACIÓN RESPECTIVO.- Este Tribunal es competente, con fundamento en el artículo 11, fracciones I, IV y XIV de su Ley Orgánica, para conocer de los juicios suscitados entre el Instituto Mexicano del Seguro Social y la Comisión Federal de Electricidad, cuando se impugne la resolución dictada en el recurso de inconformidad, a través de la cual se confirma la negativa a reconocer el importe total del reembolso realizado por la Comisión a sus trabajadores, por servicios médicos particulares, ya que eso implica la negativa a compensar su monto contra el pago provisional o definitivo de las cuotas obrero patronales correspondientes; compensación que fue pactada en la cláusula cuarta del Convenio de Subrogación de Servicios de fecha 22 de abril de 1988, celebrado entre estas dos entidades, dado que se causa al actor un agravio en materia fiscal. (4)
Juicio No. 2091/99-11-01-4/99-PL-11-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 5 de septiembre de 2001, por mayoría de 7 votos a favor y 1 en contra.- Magistrado Ponente: Luis Carballo Balvanera.- Secretaria: Lic. Luz María Anaya Domínguez.
(Tesis aprobada en sesión privada de 8 de noviembre de 2002)
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 28. Abril 2003. p. 22