Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 28953
Clave: V-P-SS-240
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/04/2003 00:00
SECRETARÍA DE ESTADO O DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA MEJOR ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO, A TRAVÉS DEL ACUERDO CORRESPONDIENTE, MISMO QUE DEBE PUBLICARSE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.- Atento al contenido del artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal "Corresponde originalmente a los titulares de las Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos el trámite y resolución de los asuntos de su competencia (...)". El mismo precepto contempla que para la mejor organización del trabajo, dichos titulares pueden delegar sus facultades en los funcionarios a que se refieren los artículos 14 y 15 del mismo Ordenamiento, salvo aquellas que deba ejercer de forma exclusiva; sin embargo, no debe pasarse por alto que para que proceda tal delegación es necesario que los órganos a favor de los cuales se realiza hayan sido previamente creados por una disposición legal, como la propia Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, reglamento o decreto legalmente expedidos, y que los acuerdos a través de los cuales se realiza tal delegación se publiquen en el Diario Oficial de la Federación, con lo cual, además de verse satisfecha la garantía de legalidad, permite que el gobernado conozca si la autoridad emisora del acto de molestia tiene facultades para actuar como lo hizo. (35)
Juicio No. 4537/01-17-04-1/44/01-PL-01-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 11 de noviembre de 2002, por unanimidad de 8 votos a favor.- Magistrado Ponente: Luis Humberto Delgadillo Gutiérrez.- Secretaria: Lic. Magdalena Judith Muñoz Ledo Belmonte.
(Tesis aprobada en sesión de 11 de noviembre de 2002)
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 28. Abril 2003. p. 259