Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 79458 de 329711
Tesis
Registro digital: 28977
Clave: V-TASR-XXX-405
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/04/2003 00:00
IDENTIFICACIÓN DE LOS INSPECTORES EN LA PRÁCTICA DE VISITAS DE INSPECCIÓN FORESTAL ORDENADAS POR LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE
INSPECCIÓN FORESTAL ORDENADAS POR LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE.- El artículo 162 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente regula la manera en que deben practicarse las visitas de inspección forestal ordenadas por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, el diverso artículo 163 de la Ley en comento, establece que el personal autorizado al iniciar la inspección "se identificará debidamente con la persona con quien se entienda la diligencia, exhibirá la orden respectiva y le entregará copia de la misma con firma autógrafa, requiriéndola para que en el acto designe dos testigos". Por consiguiente, basta con que del acta de inspección se desprenda el cumplimiento de dichos requisitos, para considerar, que el inspector se identificó adecuadamente, sin que sean aplicables por analogía requisitos adicionales relativos a la manera de identificarse exigidos en las visitas de verificación en materia fiscal, pues se trata de actos que revisten propósitos distintos y que cuentan con exigencias particulares. (15) Juicio No. 48/02-04-01-1.- Resuelto por la Sala Regional Norte Centro I del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 28. Abril 2003. p. 348