Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 28985
Clave: V-TASR-XXX-413
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY ADUANERA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/04/2003 00:00
"CARTA DE ENCOMIENDA"
QUE EL IMPORTADOR CONFIERE AL AGENTE ADUANAL PARA QUE EN SU NOMBRE EFECTÚE LAS OPERACIONES VINCULADAS CON EL DESPACHO ADUANERO.- Dispone el artículo 59, fracción III, párrafo segundo de la Ley Aduanera vigente en 2001, que tratándose de despachos en los que intervenga agente aduanal, quienes importen mercancías deberán hacer entrega a éste del documento en el que conste el mandato que compruebe el encargo que se le hubiere conferido, el cual podrán expedirlo para una o más operaciones o por períodos determinados, comunicado, que comúnmente se llama "carta de encomienda", en el que se precisan los servicios requeridos, descripción de las características e importes de las mercancías y señalar, asimismo, que se desea la exportación o importación definitiva de las mismas, documento que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 162, fracción VII, inciso g) y último párrafo de la Ley invocada, formará parte del archivo que integre el agente aduanal respecto de las operaciones efectuadas y estará a disposición de las autoridades aduaneras durante cinco años, cuya importancia se advierte del artículo 164, fracción III, al disponer que el agente aduanal será suspendido en el ejercicio de sus funciones hasta por noventa días o por el plazo que resulte en los términos de las fracciones I, IV, V y VIII del propio artículo, cuando intervenga en algún despacho aduanero sin autorización de quien legítimamente pueda otorgarlo. (23) Juicio No. 128/02-04-01-2.- Resuelto por la Sala Regional Norte Centro I del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 28 de junio de 2002, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: Guillermina Ruíz Bohórquez.- Secretario: Lic. Juan Carlos Rivera Pérez.
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 28. Abril 2003. p. 354