Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 29107
Clave: V-TASR-VII-489
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2003 00:00
REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
EN EL CUAL RESULTA INTRASCENDENTE QUE EN LOS ACTOS AUTORITARIOS NO SE CITE EL DECRETO POR EL QUE SE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA.- Es irrelevante que en los actos administrativos cuestionados por la parte actora se haya dejado de citar el decreto por el cual se reformó, adicionó y derogó el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, cuando se limita a exponer dicha eventualidad, pero omitiendo precisar cuáles fueron las nuevas disposiciones que ilegalmente se aplicaron o se dejaron de aplicar durante el procedimiento administrativo seguido en su contra, y cómo ello le ocasiona un perjuicio en su patrimonio jurídico, pues el solo hecho de que la autoridad demandada, haya dejado de citar el decreto al cual hace referencia, evidentemente que no violenta sus derechos, o por lo menos no define la forma en que esto sucede, especificando cuáles son las diversas normas jurídicas que se dejaron de observar en detrimento de sus derechos; en tales términos, las argumentaciones que al respecto vierte la parte demandante devienen inoperantes. (58) Juicio No. 706/02-02-01-8.- Resuelto por la Sala Regional del Noroeste II del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. Tomo II. No. 29. Mayo 2003. p. 499