Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 29154
Clave: V-TASR-XXXII-536
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2003 00:00
NOTIFICACIÓN
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, PARA EL CÓMPUTO DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA DE NULIDAD.- El artículo 207 del Código Fiscal de la Federación, establece que la demanda se presentará dentro de los 45 días siguientes a aquel en que haya surtido efectos la notificación de la resolución impugnada, por lo tanto, si ésta deriva de un procedimiento regulado por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, para determinar el momento a partir del cual debe surtir efectos dicha notificación y, por consiguiente, el inicio del cómputo de los 45 días para interponer la demanda de nulidad, debe estarse a esta Ley, en particular, lo previsto en su artículo 38, el cual dispone que "las notificaciones personales surtirán sus efectos el día en que hubieren sido realizadas". (105) Juicio No. 1735/02-05-02-8.- Resuelto por la Segunda Sala Regional del Norte Centro II del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. Tomo II. No. 29. Mayo 2003. p. 544