Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 23 de 57
Mostrando solo tesis del 01/06/2003
Tesis
Registro digital: 29277
Clave: V-P-2aS-212
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY DEL IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2003 00:00
OFICIO DE OBSERVACIONES
RECONOCER TRATO ARANCELARIO PREFERENCIAL A DETERMINADA MERCANCÍA.- Si del texto de un oficio de observaciones emitido dentro de un procedimiento administrativo, se desprende que la autoridad reconoce que se debe aplicar trato arancelario preferencial a determinada mercancía, esa determinación constituye una resolución favorable para el importador y por lo tanto, deberá respetarla la autoridad en cualquier otro procedimiento de revisión que haya iniciado respecto de esa misma mercancía; en consecuencia, resulta claro que la autoridad demandada actúa de manera ilegal al negarle el trato arancelario a esa mercancía a través de la resolución impugnada, ya que no puede desconocer el alcance de la resolución favorable contenida en el oficio de observaciones, no obstante que este último se haya emitido en un procedimiento administrativo diverso y por distinta autoridad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, pues basta con que se acredite en el juicio que se trata de la misma mercancía y del mismo pedimento de importación, para que se concluya que existe una determinación emitida por la propia Secretaría que favorece el interés jurídico del actor. (24) Juicio No. 995/01-13-01-3/724/02-S2-09-03.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 30. Junio 2003. p. 209