Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 51 de 114
Mostrando solo tesis del 01/08/2003
Tesis
Registro digital: 29430
Clave: V-TASR-XXX-719
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY DEL SEGURO SOCIAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2003 00:00
SUBDELEGADO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
COMPETENTE PARA EMITIR CÉDULAS DE LIQUIDACIÓN DE CUOTAS.- Conforme los artículos 15, fracción III, 276, fracciones III y IV, en correlación con el artículo 251, fracciones XIV y XV de la Ley del Seguro Social y los artículos 5, 7 y 33 del Reglamento del Pago de Cuotas, así como los numerales 153, y 159 del Reglamento de Organización interna del Instituto Mexicano del Seguro Social, los Subdelegados del Instituto Mexicano del Seguro Social tienen facultades y competencia para determinar los créditos a favor del Instituto y las bases para la liquidación de cuotas, mismas que se ejercerán dentro del ámbito territorial de cada Subdelegación; por tanto si en el juicio se impugna una cédula de liquidación emitida por un Subdelegado del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la que se invocan los preceptos mencionados y se expide dentro de su circunscripción territorial, citando además los preceptos que establecen ésta, procede concluir que la resolución impugnada cumple con las formalidades esenciales que le dan eficacia jurídica, ya que el acto es emitido por autoridad facultada para ello, expresándose, como parte de las formalidades esenciales, el ámbito de competencia material y territorial de la autoridad emisora, por lo que no se deja al afectado en estado de indefensión en ese aspecto. (29) Juicio No. 971/02-04-01-8.- Resuelto por la Sala Regional Norte Centro I del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 32. Agosto 2003. p. 271