Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 29489
Clave: V-TASR-VII-757
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2003 00:00
MULTAS
RESOLUCIONES MISCELÁNEAS CUYA VIGENCIA APLICA A CONDUCTAS ACAECIDAS CON ANTERIORIDAD A SU FECHA DE PUBLICACIÓN.- Las leyes fiscales, reglamentos y las disposiciones administrativas de carácter general, conforme al artículo 7 del Código Fiscal de la Federación, entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, salvo que en ellas se establezca una fecha posterior, sin que puedan retrotraerse en el tiempo, para aplicarse a situaciones que acontecieron con anterioridad a su lapso de vigencia, de ahí pues que resulte ilegal el fundar y motivar el monto de una multa actualizada en una resolución miscelánea cuya fecha de publicación es posterior a la fecha de comisión de la conducta infractora. (13) Juicio No. 1339/01-02-01-1.- Resuelto por la Sala Regional del Noroeste II del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 33. Septiembre 2003. p. 189