Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 29546
Clave: V-TASR-XXXII-806
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY DEL INFONAVIT
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2003 00:00
VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.- TIENEN COMPETENCIA TERRITORIAL PARA EMITIR SUS ACTOS EN EL ESTADO DE LA REPÚBLICA QUE CITA EL ACUERDO DE CIRCUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL INDEPENDIENTEMENTE DE LA CIUDAD EN QUE TIENE LUGAR LA SEDE DE LA OFICINA CENTRAL DE LOS MISMOS.- La competencia territorial de los Delegados Regionales del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores se regula conforme lo dispone el artículo 5° del Reglamento Interior de dicho Instituto, ello es, en el Acuerdo que determina su circunscripción territorial; por lo que debe de concluirse que es infundado el argumento de incompetencia territorial del Delegado Regional de un Estado determinado, por que firma resoluciones emitidas en ciudades distintas a donde se encuentra la sede de las oficinas de la Delegación Regional correspondiente, esto siempre que se trate de ciudades que se encuentren dentro de los límites territoriales de la propia Entidad Federativa. (24)
Juicio No. 1513/02-05-02-9.-Resuelto por la Segunda Sala Regional del Norte Centro II del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 25 de marzo de 2003, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: Nora Elizabeth Urby Genel.- Secretario: Lic. Mario Rodríguez Junco.
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 34. Octubre 2003. p. 132