Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 29609
Clave: V-TASR-XXXII-854
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/11/2003 00:00
CASO QUE NO LA CONSTITUYE.- El artículo 79 del Código Fiscal de la Federación, contempla las diferentes infracciones relacionadas con el Registro Federal de Contribuyentes y, en su fracción IV señala que constituyen infracciones el "IV. No citar la clave del registro o utilizar alguna no asignada por la autoridad fiscal, en las declaraciones, avisos, solicitudes, promociones y demás documentos que se presenten ante las autoridades fiscales y jurisdiccionales, cuando se esté obligado conforme a la Ley", de lo que se advierte que dicho precepto legal, contempla dos supuestos de infracción relacionadas con el registro federal de contribuyentes, consistentes en "no citar la clave del registro", o bien la de "utilizar alguna clave no asignada por la autoridad fiscal", por lo tanto, el asentar incorrectamente un dígito de la homoclave, de los trece que conforman el Registro Federal de Contribuyentes, es una conducta que no encuadra en ninguna de las dos hipótesis en comento y, por ende, no es válido que se imponga la sanción prevista en el diverso artículo 80, fracción III del mismo Ordenamiento legal citado. (19)
Juicio No. 1349/02-05-02-8.- Resuelto por la Segunda Sala Regional del Norte Centro II del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 35. Noviembre 2003. p. 271