Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 29701
Clave: V-P-SS-350
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/2003 00:00
COMPETENCIA POR RAZÓN DEL TERRITORIO
CUANDO SE TRATE DE UNA DE LAS PARTES, LA CARGA PROCESAL DE ACREDITAR JURÍDICAMENTE QUE SE ASUMIÓ INCORRECTAMENTE LA FIJACIÓN DE LA COMPETENCIA.- El artículo 218, último párrafo del Código Fiscal de la Federación, establece que cuando una Sala Regional esté conociendo de un juicio que sea de la competencia de otra, cualquiera de las partes podrá formular incidente de incompetencia por razón del territorio, con la consecuente carga procesal de acreditar, jurídica y fácticamente, que se asumió incorrectamente la competencia por una Sala Regional. Por tanto, de resultar infundado el argumento esgrimido por el incidentista, no es dable a la Sala Superior, a quien compete resolver la cuestión planteada, suplir la deficiente argumentación invocada en el incidente promovido, por carecer de facultades para ello. (10) Juicio No. 13396/02-17-02-4/1131/02-PL-09-02.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. Tomo I. No. 36. Diciembre 2003. p. 113