Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 29849
Clave: V-TASS-86
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2004 00:00
GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE.- De una interpretación armónica a los artículos 1o, 2o y 12 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en relación con los diversos numerales 1° y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, todas las materias que no sean las relativas a las de carácter fiscal, responsabilidades de los servidores públicos, justicia agraria y laboral, ni el Ministerio Público en ejercicio de sus funciones constitucionales, les es aplicable lo previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; en ese contexto se debe concluir que tratándose de materia ambiental, sí resulta aplicable el Ordenamiento Legal citado, siendo por ende, innegable que cuando se trate de actos emitidos por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, conforme a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, son aplicables las disposiciones contenidas en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, al configurarse el supuesto de aplicación que señala el artículo 2° del Ordenamiento en último término referido.
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Juicio No. 2630/01-11-02-6/196/02-PL-07-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año IV. No. 38. Febrero 2004. p. 252