Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 30061
Clave: V-TASR-XXVI-1063
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/04/2004 00:00
SE DIO RESPUESTA A SU PETICIÓN PERO LA RESOLUCIÓN FUE EXTRAVIADA POR EL SERVICIO POSTAL MEXICANO.- Cuando el promovente admite que la autoridad ya autorizó su solicitud de devolución y que no la ha recibido por un extravío que el Servicio Postal Mexicano aceptó, podemos identificar que, con el escrito del promovente en el que pide intervención del Secretario de Hacienda y Crédito Público a fin de que la Administración Local de Recaudación correspondiente reclame a SEPOMEX el pago de la devolución extraviada, se presentó una promoción que sólo actualiza el derecho de petición consagrado en el artículo 8° Constitucional, dado que no exige que se le resuelva su situación jurídica fiscal, pues ésta ya fue resuelta al autorizar la devolución solicitada. (107)
Juicio No. 4054/02-12-02-8.- Resuelto por la Segunda Sala Regional de Oriente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 11 de agosto de 2003, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: José Gustavo Ruiz Campos.- Secretario: Lic. Arturo Baltazar Valle.
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año IV. Tomo II. No. 40. Abril 2004. p. 729