Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 30175
Clave: V-TASR-IV-1080
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2004 00:00
PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR. LAS DELEGACIONES REGIONALES PREVISTAS EN LOS ARTÍCULOS 24 Y 25 DEL ESTATUTO ORGÁNICO DE DICHA PROCURADURÍA, TIENEN EXISTENCIA JURÍDICA
PREVISTAS EN LOS ARTÍCULOS 24 Y 25 DEL ESTATUTO ORGÁNICO DE DICHA PROCURADURÍA, TIENEN EXISTENCIA JURÍDICA.- La Procuraduría Federal del Consumidor se estructura orgánicamente conforme a lo que disponen: la Ley Federal de Protección al Consumidor, el Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor y el Estatuto Orgánico de dicha entidad. En este sentido, a partir de la entrada en vigor de los Acuerdos que Reforman y adicionan el Estatuto Orgánico de dicha Procuraduría, que fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación en fechas 11 y 12 de octubre del 2001, resulta incuestionable la existencia legal de sus delegaciones, ubicadas en todas las entidades federativas; esto es así, con fundamento en los artículos 21, 22 y 27, fracción III de la Ley citada; 24 y 25, así como artículo único, de dichos acuerdos, en relación con los artículos 1º, 2º fracción VII, 3º, 4º, fracción XXIV, 7° fracción octava, 16, fracciones IX, XIII y XX, y 17, fracción I del Reglamento de la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor. Efectivamente, la Ley prescribe de manera general la existencia de Delegaciones en todo el territorio nacional; el Reglamento las menciona como parte integrante de la organización de la entidad, definiendo las atribuciones de los Delegados; el Estatuto Orgánico conforme a la reforma y adición relatadas, determina de manera específica cada Delegación, su denominación y sede además de que se establece su circunscripción territorial; en consecuencia, a partir de la reforma y adición al Estatuto Orgánico referido y su publicación en el Diario Oficial de la Federación las delegaciones de la Procuraduría Federal del Consumidor son autoridades plenamente existentes. (3) Juicio No. 19039/02-17-04-5.- Resuelto por la Cuarta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 26 de marzo de 2003, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Héctor Silva Meza.- Secretaria: Lic. Rosalía Soto Bueno.
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año IV. Tomo II. No. 42. Junio 2004. p. 582