Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 30311
Clave: V-TASR-VIII-1150
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY DE AGUAS NACIONALES
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2004 00:00
MULTAS IMPUESTAS POR LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, CUANTIFICADAS EN MONTOS EQUIVALENTES A CIERTOS DÍAS DE SALARIO MÍNIMO. SU VALIDEZ
EN MONTOS EQUIVALENTES A CIERTOS DÍAS DE SALARIO MÍNIMO. SU VALIDEZ.- El artículo 3°, fracción V de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, exige como requisito de los actos administrativos, que se encuentren fundados y motivados; ahora bien, para cumplir con ello y que las multas de mérito sean válidas, debe la autoridad dar a conocer al sancionado la fuente y el monto del salario mínimo multicitado, a fin de que tenga certeza de que la cuantificación de las multas se hizo correctamente, por haberse aplicado las cantidades que debían, conforme al monto del propio salario; obedeciendo esto a que además, el artículo 120 de la Ley de Aguas Nacionales, mismo que prevé los porcentajes de las multas que deben aplicarse a quienes incurran en las infracciones señaladas en el artículo 119 de la propia Ley, dispone en su párrafo primero que estos infractores serán sancionados con multas equivalentes a los respectivos días de salario mínimo general vigente en el área geográfica y en el momento en que se cometa la infracción; luego, de ello se deriva sin necesidad de mayor explicación, y para cumplir con el antes referido requisito de la debida fundamentación y motivación que debe colmar todo acto de autoridad que incida en la esfera jurídica de los gobernados, que para la validez de las multas combatidas la demandada debió señalar en su acto administrativo cuál era el monto y la vigencia en la zona geográfica donde se cometieron las infracciones, del salario mínimo aplicado, así como la fuente de donde extrajera esos datos. (23) Juicio No. 733/03-05-01-6.- Resuelto por la Primera Sala Regional del Norte Centro II del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 14 de abril de 2004, por unanimidad de votos.- Magistrada Instructora: Alma Orquídea Reyes Ruíz.- Secretaria: Lic. Iris Méndez Pérez.
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año IV. No. 44. Agosto 2004. p. 380