Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 30345
Clave: V-TASR-XIII-1184
Época: Quinta Época
Materia(s): GENERAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2004 00:00
FIRMA. PARA EL EFECTO DE DETERMINAR SU AUTENTICIDAD ES NECESARIO DESAHOGAR LA PRUEBA PERICIAL GRAFOSCÓPICA
DESAHOGAR LA PRUEBA PERICIAL GRAFOSCÓPICA.- Si de las constancias que obran en autos se advierte que la resolución impugnada se encuentra firmada por la autoridad que la emitió en forma autógrafa, con su puño y letra y la parte actora considera que la firma fue estampada por otra persona y no por el funcionario público competente, el promovente se encuentra obligado a desahogar la prueba pericial en grafoscopía, para demostrar que en realidad la firma que aparece al calce de la resolución impugnada corresponde a funcionario público distinto de quien la emitió. (57) Juicio No. 2892/03-12-01-4.- Resuelto por la Primera Sala Regional de Oriente del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año IV. No. 44. Agosto 2004. p. 414