Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 30451
Clave: V-TASR-XXVIII-1249
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2004 00:00
DEMANDA DE NULIDAD. DEBE TENERSE POR NO PRESENTADA CUANDO DOS O MÁS PERSONAS IMPUGNAN RESOLUCIONES INDEPENDIENTES EN UN MISMO ESCRITO DE DEMANDA, (ARTÍCULO 198 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN ÚLTIMO PÁRRAFO)
MÁS PERSONAS IMPUGNAN RESOLUCIONES INDEPENDIENTES EN UN MISMO ESCRITO DE DEMANDA, (ARTÍCULO 198 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN ÚLTIMO PÁRRAFO).- Del penúltimo párrafo del artículo 198 del Código Fiscal de la Federación, se desprende claramente que por regla general en cada escrito de demanda sólo podrá aparecer un demandante, estableciendo el último párrafo del numeral de cuenta que el escrito de demanda en que promuevan dos o más personas, se tendrá por no presentada. El mismo artículo 198 a estudio establece una excepción a la regla anterior, y permite que dos o más personas promuevan juicio de nulidad en un solo escrito, siempre que se trate de impugnación de resoluciones conexas que afecten los intereses jurídicos de los demandantes. Esto es, para que se dé el supuesto de excepción previsto en el penúltimo párrafo del artículo 198 resulta indispensable que se actualicen los dos supuestos previstos por el artículo a estudio: 1) Que las resoluciones impugnadas sean conexas, y 2) Que cada una de las resoluciones impugnadas afecten los intereses de todos los promoventes. Consecuentemente, si no se actualizan los dos supuestos antes apuntados, no se surte la excepción a la regla general, y por ende, debe tenerse por no presentada la demanda correspondiente. (36) Juicio No. 4009/03-07-02-7.- Resuelto por la Segunda Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 23 de enero de 2004, por unanimidad de votos. Magistrado Instructor: Julio Manuel Antonio Tinajero Guerrero.- Secretaria: Lic. Marlène Vanessa Muñiz Coulon.
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año IV. No. 45. Septiembre 2004. p. 310