Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 30523
Clave: V-J-SS-51
Época: Quinta Época
Materia(s): LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Tipo: Jurisprudencia, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2004 00:00
INDUSTRIAL.- SURTE SUS EFECTOS EL MISMO DÍA EN QUE SE REALIZA.- El artículo 13 del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial, en su penúltimo párrafo, dispone que las notificaciones personales y las que se realicen por correo certificado con acuse de recibo surtirán efectos a partir del día en que sean entregados a los interesados; consecuentemente, el plazo legal de 45 días a que se refiere el artículo 207 del Código Fiscal de la Federación para la presentación de la demanda, corre a partir del día hábil siguiente al de la notificación de la resolución impugnada. (16)
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/28/2004)
PRECEDENTES:
V-P-SS-405
Juicio No. 10801/01-17-02-1/1080/02-PL-08-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año IV. No. 38. Febrero 2004. p. 36