Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 30560
Clave: V-TASR-XXI-1312
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2004 00:00
REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN FORMULADO POR LAS AUTORIDADES, DEBE CONTENER EXPRESAMENTE EL APERCIBIMIENTO Y SUS CONSECUENCIAS JURÍDICAS, EN CASO DE INCUMPLIMIENTO
DEBE CONTENER EXPRESAMENTE EL APERCIBIMIENTO Y SUS CONSECUENCIAS JURÍDICAS, EN CASO DE INCUMPLIMIENTO.- Para que la autoridad acate correctamente las garantías de legalidad y seguridad jurídica consagradas en el artículo 16 Constitucional, es necesario que en sus actuaciones, particularmente entratándose de requerimiento de documentación, en los términos que refiere el artículo 38, fracción III del Código Fiscal de la Federación, precise con toda claridad que en caso de incumplimiento, la conducta omisiva del particular, puede dar lugar a la imposición de una sanción, teniendo incluso la obligación de indicar los preceptos legales aplicables a dicha conducta. En caso contrario, si la autoridad hacendaria al momento de requerir documentos a los particulares, con la finalidad de ejercer sus facultades de comprobación, no comunica al contribuyente requerido el apercibimiento de que en caso de no proporcionar lo solicitado será acreedor a la imposición de una sanción, la multa que determine con base en dicho incumplimiento resulta ilegal, ante la indebida fundamentación y motivación del oficio de requerimiento y la consecuente indebida apreciación de los hechos que generen la multa. (6) Juicio No. 27331/03-17-10-1.- Resuelto por la Décima Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 17 de mayo de 2004, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Roberto Bravo Pérez.- Secretaria: Lic. Graciela Monroy Santana.
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año IV. No. 46. Octubre 2004. p. 374