Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 30611
Clave: V-P-1aS-233
Época: Quinta Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/11/2004 00:00
INSTANCIA DE QUEJA. SU PROCEDENCIA
El artículo 239-B, fracción I del Código Fiscal de la Federación, vigente en 2003, contempla su procedencia en contra de distintos actos, entre otros, en contra de aquel que incurra en exceso o defecto de lo que fue ordenado en una sentencia, consecuentemente si en una sentencia emitida por este Tribunal, se declaró la nulidad de una resolución impugnada, para el efecto de que la autoridad demandada dejara insubsistente tal resolución y emitiera una nueva en la que se declarara nulo el procedimiento de visita desde el momento en que se cometió la violación formal por indebida identificación de los visitadores, sin que con ello se obligara ni se impidiera a la autoridad iniciar un nuevo procedimiento a partir de ese momento, porque el ejercicio de esa atribución quedaba dentro del campo de sus facultades discrecionales; en tal virtud, resulta procedente la instancia de queja si se promueve en contra del acto de la autoridad en el que en cumplimiento de la sentencia, considera que ésta le ordenó reponer el procedimiento de fiscalización, imputación que excede a lo que se ordenó en la sentencia. (23) Juicio No. 5091/99-11-07-8/757/00-S1-03-04-QC.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año IV. No. 47. Noviembre 2004. p. 236